“El parlamento tiene el supremo derecho de derrocar a aquellos que pervierten la Constitución” Abraham Lincoln
Una nacion sin parlamento: La democracia delegativa

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Las serias preocupaciones sobre las fisurasen el ámbito constitucional y político en la presente coyuntura venezolana no es una fantasía delirante, porque hay en ellas una implicación trascendente ineludible que toca el diario vivir de cada venezolano.

 La Democracia Delegativa, a la que O’donnell hace referencia, se impone en el país. Mientras se gesta un proceder cívico, con la movilización del referendo revocatorio, que confronta la delegación de poder otorgada por el Poder Judicial al Poder Ejecutivo.

La pragmática conversión de un régimen presidencialista a un régimen judicialista y de una Democracia Participativa a una Democracia Delegativa, que elimino los controles legislativos, ha generado en el país una situación suigeneris: La ausencia de parlamento y con esto la ausencia de la garantía de la libertad republicana.

La promoción de la conflictividad entre los poderes públicos en un escenario de crisis económica y social se ha convertido en una política pública peligrosa y perniciosa.

La Sala Constitucional ha obviado cumplir sus funciones de contribuir a la defensa de las instituciones democráticas; la promoción del Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos.

La sociedad había asignado un rol a la Asamblea Nacional. Ese Rol no ha sido cumplido por dos razones: 1) las decisiones de la Sala Constitucional, máximo órgano del sistema judicial, que anula los actos del Poder Legislativo y 2) la atribución de facultades legislativas que se apropia el Ejecutivo en sus prorrogas de los decretos de Estados de Excepción y Emergencia Económica.

El control de constitucionalidad por parte de los magistrados se ha convertido en una herramienta partidista.

Nos retrasamos a la época de la Edad Media cuando el monarca era quien establecía las líneas de conducción de la sociedad en el orden político, económico y social y era quien promulgaba la ley.

El problema con la Democracia Delegativa que vivimos transicionalmente es que corre el riesgo de transmutarse en un autoritarismo con todas las circunstancias de gobernabilidad democrática comprometida.

Desde el punto de vista jurídico, el principio de división de poderes es un principio básico del Estado de derecho, representa el respeto al reparto defunciones estatales sobre la base de que la función legislativa es propia y exclusiva del Poder Legislativo.

Cuando la Asamblea Nacional queda en un segundo plano, porque el Presidente se atribuye las competencias del ente legislativo es un disparador de la crisis de institucionalidad que afecta gravemente el Estado de Derecho y la Democracia.

Durante 16 años hubo varias leyes habilitantes que ahora han sido reemplazadas con estos decretos. Si el Legislativo cede sus facultades de legislar y controlar, el Estado de derecho desaparece, y con él la seguridad jurídica.

 Por ejemplo, si el parlamento venezolano es incapaz de interpelar un ministro, se lesiona el sistema democrático. Asimismo,pasa con sus funciones de legislar en materias de competencia nacional, o ejercer control político sobre la administración pública. Si esto no sucede, es la democracia la que se resiente.

Peor aún, la decadencia de la democracia venezolana se refleja en la persecución y amenaza de prisión por parte del Ejecutivo a los miembros del legislativo.

El revocatorio asume en este cuadro otra dimensión.  Se convierte en un contrapeso ante el abuso del mandato popular y se ejerce un derecho de revisión y chequeo sobre el Ejecutivo..

El ciudadano, al saber que su voto en las parlamentarias fue embaucado, es el afectado y goza de una sensación de desesperanza en medio de un estado de anomia generalizado.

Sin balance de poderes, no hay convivencia, no hay paz social y no hay vida democrática.Socavar el parlamento, es dragar la democracia.

Desde la génesis del parlamento con el Magnum Consilium ingles ha habido varios intentos de destruir el Poder Legislativo: la conspiración de la pólvora en 1605 , el ataque al Capitolio en 1812,  el incendio del Reichstag en 1933, el asalto del Congreso Nacional en caracas en 1848, o el simple  fujimorazo de 1992. Ahora en la Venezuela del 2016, vivenciamos otra marrullera invasión: La Corte Constitucional anula todos los actos de la Asamblea Nacional y el Presidente de la Republica amenaza con poner presos a los legisladores.

Ignacio Contreras Casas
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