UNA NUEVA CONCEPCIÓN DE LA DEMOCRACIA. POR LUZ MARÍA ESCARRÁ GIL

Por Luz María Escarrá Gil 

 

Hoy en día, hablar  de un cambio en la dinámica del Estado y el Poder tiene necesariamente que pasar por un análisis de la coyuntura histórica que vivimos, por más breve que sea ese análisis, es necesario para comprender dónde estamos y para dónde vamos.

 

chavez barinas PROYECTO La primera referencia fundamental es el proceso constituyente, del cual se obtuvo nuestra vigente Carta Magna, con una infinidad de nociones jurídicas y políticas nuevas, otras reforzadas y otro tanto que se mantuvo y que son en conjunto, las que demarcan el camino que seguimos.

 

Cuando creamos la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dimos claras luces de lo que pretendíamos que fuera Venezuela, y ello quedo allí plasmado. La articulación popular, la elección de los candidatos constituyentes, la consulta al pueblo, la participación del pueblo por medio de debates, asambleas, la integración del pueblo a los debates dados en la Asamblea Nacional Constituyente mediante el acceso constante a los mismos, denotan la vocación participativa y protagónica que se vio plasmada en la Carta Magna de una forma muy clara.

 

El pueblo venezolano en el preámbulo de su Carta Magna expresa que, “con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado”, y además hace constar que la Republica Bolivariana de Venezuela “se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia”. Luego  declara como uno de sus fines “el ejercicio democrático de la voluntad popular” y de forma sabia estipula que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.” aclarando para no dejar lugar a dudas, que “los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”. En ese momento el pueblo venezolano está haciendo un cauce por el que debe transitar todo el accionar del Estado y la sociedad venezolana.

 

Entonces, en definitiva, iniciando la lectura de texto constitucional (su preámbulo y sus 5 primeros artículos), queda clara la orientación que esta determina, como reflejo de la voluntad popular, de lo que se pretende sea el rumbo de la nación.

 

Luego, en cuanto a la ejecución de esta hoja de ruta plasmada, está el artículo 62 de la propia carta magna:

“Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.

La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.”  Y continúa en su artículo 70 expresando de manera enunciativa los medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía.

 

constitucion1Con esto queda claro el “qué” y el “cómo”, ahora bien, una vez creada una carta magna como la nuestra, con características muy peculiares, cargada de vitalidad, creatividad, participación, compromiso, etc., es evidente que esta debe permear todo el ordenamiento jurídico y que este se debe concebir como ejecutor de lo que allí se establece.

 

La condición de Social y de Justicia de nuestro Estado, las características de nuestra democracia, protagónica y participativa nos permite concebir a nuestra democracia como una democracia fortalecida al incluir expresamente al soberano (que nunca deja de serlo) como base inexorable en el desarrollo de la nación y en consecuencia del proceder del gobierno en todas sus instancias, pues queda claro que a él se debe y por él existe.

 

Los mecanismos de participación enunciados en el artículo 70 de nuestra carta magna y desarrollados en las leyes, dentro de las que resaltan las llamadas del Poder Popular, son mecanismos diseñados para perfeccionar el gobierno mediante el ejercicio directo de la soberanía apoyando con la fuerza constituyente, al poder constituido que acciona indirectamente la soberanía en su condición de elegido popularmente por medio del voto.

 

Lo que es indispensable resaltar es que el mandatario de la soberanía popular es concebido para servir al detentador de la soberanía, que es el pueblo y por tanto la modalidad directa de gobierno, que obedece a enaltecer a un pueblo responsable de su destino, conocedor de sus necesidades, y que interviene en la gestión del gobierno de forma activa, mediante los mecanismos previstos por la CRBV y las leyes de la República.

 

En este sentido se puede observar cómo en el Primer Plan Socialista de la Nación se avoca la tercera directriz a la democracia protagónica y revolucionaria para “consolidar la organización social, a fin de transformar su debilidad individual en fuerza colectiva, reforzando la independencia, la libertad y el poder originario del individuo”. Y en definitiva consolidar al ciudadano como parte del Estado y corresponsable de la vida pública.

 

TrabajadoresA su vez, en el Primer Plan Socialista de la Nación se hace un llamado a la integración, comunicación y coordinación entre las diversas organizaciones populares como  espacio para la participación protagónica y así mantener la coherencia entre el discurso sobre la democracia protagónica  revolucionaria y  el  proceder  de  todas  las instituciones de la sociedad.

 

En este sentido, el Primer Plan Socialista de la Nación llama al continuo incentivo de los valores democráticos, garantizando el mantenimiento del poder popular de las venideras generaciones. Ello se concreta en los objetivos y en las estrategias y políticas, las cuales están orientadas a fortalecer el poder popular mediante la orientación a la organización y participación del pueblo en la toma de decisiones, personificando “el proceso sustantivo de toma de decisiones”, formando una nueva cultura política acorde a nuestra Carta Magna, donde el soberano es corresponsable y debe participar en la mejora de la sociedad. La adecuación del ordenamiento jurídico a este mandato constitucional es parte fundamental del Plan Nacional Simón Bolívar.

 

Sin duda alguna, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela plantea en términos muy claros lo que es la voluntad popular, y se han estado ejecutando y fortificando sus designios. E Proyecto Nacional Simón Bolívar que forma parte del ordenamiento jurídico desde el 2007, es sólo un reflejo de ello; las llamadas leyes del poder popular, el fortalecimiento de la participación popular a todos los niveles y en todos los ámbitos y ahora, la Propuesta del Presidente electo para la Gestión Bolivariana Socialista, la cual está siendo discutida y elaborada en conjunto por la sociedad venezolana, son muestra de ello.

 

La referida propuesta, que se encuentra ahora en discusión plantea la radicalización de la democracia protagónica y participativa como factor de continuidad al Proyecto Nacional Simón Bolívar. Primer Plan Socialista de la Nación 2007-2013. En aquélla se expresa certeramente sobre el Plan Socialista que “solo con la participación protagónica del pueblo, con su más amplia discusión en las bases populares, podremos perfeccionarlo, desatando toda su potencia liberadora y creadora”.

 

Cuando este nuevo Plan Socialista en discusión siguiendo un principio fundamental de la Constitución: democracia protagónica y participativa, tiene dentro de sus objetivos “Consolidar y Expandir el Poder Popular y la Democracia Socialista” no está más que siguiendo el cauce marcado por la soberana voluntad popular y plasmado en nuestra Carta Magna. Y los objetivos estratégicos y generales que allí se plantean obedecen a una nueva cultura democrática en la que el protagonismo y la participación del soberano, son elementos fundamentales para su existencia.

 

Esta concepción de la democracia implica el replanteamiento de las estructuras constituidas sobre el modelo anterior. Se trata,  pues, de una nueva democracia, donde el soberano es el protagonista y participa de manera activa en el desarrollo de la sociedad y el Estado.

 

 

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