20 en conducta
La solución de nuestra actual crisis política es la de siempre. Sólo que los obstáculos han ido adquiriendo magnitudes inconmensurables, pues a la crisis política que arrancó hace 15 años se ha venido añadiendo una crisis económica y social sin precedentes. Ingredientes explosivos que hoy por hoy colocan a Venezuela en un punto crítico de su proceso histórico. ¿O será que en verdad la situación no es tan grave como uno se imagina?
Lo cierto es que en el terreno de los hechos concretos, el deterioro vertiginoso de la realidad venezolana hace al régimen cada día más autocrático, más corrupto, más represivo y más ignorante. Precisamente para encontrarle una salida a este problema atroz, los electores del 6 de diciembre le dieron a los candidatos de la oposición un manifiesto mandato de cambio. Ante todo, para aprobar de inmediato una ley de amnistía que le devolviera su libertad a los presos y perseguiros políticos; y luego, una vez logrado este objetivo, para poner en marcha, dentro de un plazo no mayor de 6 meses, uno de los cuatro mecanismos consagrados en la Constitución para cambiar de gobierno legal y democráticamente.
Si cabía alguna duda, en el curso de los dos últimos meses esa duda se ha despejado. Desde su primer día de existencia, la nueva Asamblea ha visto cómo sus funciones constitucionales de legislar y controlar han sido neutralizadas. Bien porque el Tribunal Supremo de Justicia anula sistemáticamente las decisiones que tome, bien porque con una sentencia ilegítima e ilegal, o sea, de un solo plumazo dictatorial, ha roto el hilo constitucional al arrebatarle su legalidad a los actos pasados, presentes y futuros del poder legislativo. Un auténtico golpe de Estado con el que la Asamblea ha visto reducida su autoridad funcional a la simple y discursiva retórica de dar testimonio de los continuos desmanes del régimen.
En el marco de esta realidad adquieren notable relevancia dos artículos publicados el pasado miércoles 9 de marzo en la página de opinión de El Nacional. En uno de ellos, El “colectivo” del TSJ, Marianela Salazar advierte, con crudeza irrefutable, que “cualquier salida que se planee por la ruta pacífica, electoral y constitucional será torpedeada desde el ‘colectivo’ del TSJ para evitar la salida del régimen.” Razón por la cual sólo el pueblo en la calle puede producir, constitucional y democráticamente, aunque no por vía electoral, un cambio real de gobierno.
En el otro, Teoría y práctica del atajo, Carlos Blanco reivindica el valor y la legitimidad del atajo, cuyo sentido exacto ha sido distorsionado por la perversidad que le atribuye el régimen a cualquier aspiración ciudadana a decidir libremente el porvenir de Venezuela como nación. Y por el sostenido rechazo de un sector de la oposición a cualquier opción de cambio que no sea rigurosamente electoral, como lamentablemente ocurrió hace dos años cuando la anterior cúpula de la MUD le dio la espalda a Leopoldo López, a Antonio Ledezma y a Maria Corina Machado. Por puros y subalternos cálculos político-partidistas. Y como si el atajo de la rebelión no fuera un derecho y una obligación ciudadana garantizados en los artículos 333 y 350 de la Constitución.
La gota que colmó esta copa de la benévola y falsa visión de lo que viene la ofreció la MUD el martes 8 de marzo, cuando en lugar de anunciar a cuál de los cuatro mecanismos constitucionales recurrirían para cambiar pacífica y legalmente de gobierno, se informó que se aplicarían los cuatro simultáneamente, aunque los preferidos seguían siendo la enmienda y la renuncia, no voluntaria por supuesto, sino inducida. Pero, y ese pero es la clave que explica la insuficiencia invariable de la MUD para derrotar realmente al régimen, lo harían “sin capuchas ni piedras.” Vaya, portándose bien, sin transgredir ninguna ley del régimen. Como si creyeran que Nicolás Maduro a fin de cuentas es un demócrata respetuoso de la constitución y las leyes, o como si en definitiva el auténtico desafío de la oposición no fuera restaurar en Venezuela la democracia perdida a lo largo de estos años, sino recibir del régimen un resplandeciente 20 en conducta.
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