El indulto encubierto a Cristina

Gavel and handcuffs with keys on wooden background

Ocho senadores y diputados cristinistas resolvieron con una simple resolución el debate sobre si habrá –o no– un indulto para Cristina Kirchner. Lo habrá, aunque de una manera sinuosa y furtiva. Al mismo tiempo, el oficialismo le lanzó una guerra sin cuartel ni medidas a la Justicia porque esta no consuma la venganza contra el gobierno de Mauricio Macri. Varios jueces que condenaron a la expresidenta serán perseguidos, tal como consigna LA NACIÓN, pero la furia de Cristina estalló porque la Cámara de Casación no siguió su proyecto de revancha en un caso contra el gobierno macrista que se ventilaba en Lomas de Zamara. Algo puede suceder. La ofensiva fue acompañada por una desconocida ministra de Justicia, Marcela Losardo, quien criticó con ferocidad a la Justicia y a los medios periodísticos. ¿La guerra será también contra el periodismo? Losardo tenía fama de persona moderada y sensata. El propio Alberto Fernández merodeó también cerca de las posiciones de Losardo. Todos se volvieron cerriles cristinistas.

Volvamos, entonces, a Cristina. La vicepresidenta está siendo juzgada por varios delitos de corrupción supuestamente cometidos durante su presidencia. Sin embargo, y según la nueva normativa, solo irá presa, si fuera condenada, cuando la sentencia se considere definitiva, ya sea por decisión de la Corte Suprema o de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Pueden pasar tantos años que tal vez la respuesta más acertada sea nunca para la pregunta de si alguna vez conocerá la prisión. Esos ocho legisladores integran una comisión bicameral de seguimiento e implementación de las reformas al Código Procesal Penal Federal, que está autorizada por el Congreso para ejecutar las modificaciones. Esos ocho representan a una ajustada mayoría; la oposición de Juntos por el Cambio no votó esos beneficios para los investigados por corrupción.

Las reformas al Código Procesal refieren solo a los delitos federales. Esto es: corrupción de funcionarios públicos, narcotráfico, trata de personas, delitos de lesa humanidad o los cometidos contra el ambiente. La modificación reglamenta cuándo una sentencia debe considerarse definitiva para que una persona vaya presa. Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, dos sentencias coincidentes de los tribunales orales y de la Cámara de Casación, la máxima instancia penal del país, son suficientes para que un condenado empiece a cumplir la condena. La disposición de los legisladores cristinistas modifica ese criterio y señala que solo podrán ir presas las personas con sentencias definitivas. Y considera que esa calificación solo puede surgir de una decisión de la Corte Suprema, si es que no hay un pedido de nulidad del juicio ante la Corte Interamericana. Ni la Corte Suprema argentina ni la Interamericana tienen plazos para expedirse sobre los casos que llegan a sus manos. Son pocos jueces, además, que deben resolver cada año miles de expediente. ¿Las demoras son culpa de esos tribunales o de la política que arroja sobre sus escritorios los casos que la política no puede resolver?

En ningún país serio del mundo, los perseguidos por corrupción, por narcotráfico o por trata de personas eluden tan fácilmente la prisión. La necesidad es más fuerte que los principios para el cristinismo: terminó beneficiando también a los narcotraficantes y a los delincuentes que lucran con la esclavitud de las personas. La corrupción y esos delitos van juntos en la justicia federal.

Si se mira bien la gestión judicial del cristinismo, hay dos reformas judiciales. Una pomposa y paralitica. Es la que envió Alberto Fernández al Congreso y que triplica el número de juzgados federales del país. Se frenó en la Cámara de Diputados. Los números no alcanzan para aprobarla. La otra reforma es la que se pone en práctica sin tantos formalismos ni simulaciones. La hacen, directamente. Sucedió con las designaciones de los jueces Eduardo Farah y Roberto Boico como integrantes de la importante Cámara Federal, que debe resolver sobre delitos de corrupción. Uno regresó después de haberse ido sospechado de las peores prácticas; el otro es abogado defensor de Cristina Kirchner. Siguió con el nombramiento de Alejo Ramos Padilla como juez federal y electoral de La Plata, una de las autoridades electorales más significativas del país. Ramos Padilla participó del armado de una causa en Dolores, donde era juez federal, para desestabilizar al fiscal Carlos Stornelli por su activa participación en la prisión de Julio De Vido y en la investigación de la causa de los cuadernos del chofer Oscar Centeno. Es precisamente el caso de Stornelli, quien fue sorteado como el nuevo fiscal de la causa contra el gobierno macrista que se ventilaba en Lomas de Zamora, lo que encendió la mecha de la violencia verbal y el odio en el cristinismo.

Ya el año pasado esa misma comisión bicameral había impuesto nuevas condiciones para que un sospechado de corrupción esté con prisión preventiva. La decisión liberó de la cárcel, entre otros, a De Vido y a su mano derecha, Roberto Baratta, mencionado innumerables veces en los cuadernos del chofer Centeno. Es cierto que solo los jueces pueden despojar a una persona de la libertad y que, por lo tanto, la prisión preventiva (que se aplica cuando aún está vigente el principio de inocencia) no debe ser arbitraria. Esa es una verdad; la otra verdad es que no se puede eliminar de hecho la prisión preventiva, que es lo que hace el cristinismo. Las personas que tienen recursos suficientes para comprar voluntades, para conspirar contra la Justicia o para fugarse, y que están acusadas de graves delitos, deben estar presas. Tienen la posibilidad de esquivar a los jueces.

Ahora ocurrió esta nueva implementación parcial del Código Procesal, que lleva hasta la eternidad la ejecución de una condena a prisión. La persona más claramente beneficiada es Cristina Kirchner, porque por su condición de expresidenta, de vicepresidenta (o de exvicepresidenta en su momento) difícilmente le será negada la apelación ante la Corte Suprema. Son casos de “gravedad institucional”, como los llaman en la jerga judicial. De hecho, el caso de Carlos Menem por el contrabando de armas está en estudio de la Corte Suprema desde hace mucho tiempo. Esa causa tiene 26 años desde la primera denuncia y 20 años desde la primera indagatoria de un juez al expresidente. De todos modos, el propio Alberto Fernández suele decir que él solo pide un juicio objetivo para Cristina. ¿Y De Vido, Amado Boudou, Baratta, José López y Ricardo Jaime? “Que se hagan cargo de lo que hicieron”, responde. A ellos les será también más difícil llegar a la Corte Suprema. La escalera para subir a esa cima es de una sola persona: Cristina.

Otro aspecto notable de la estrategia judicial del cristinismo es que aplica solo las reformas que le convienen. Esas reformas están incluidas en una modificación integral del Código Procesal para instaurar en el país el sistema acusatorio, que deposita las investigaciones en manos de los fiscales. Los jueces pasarán a ser jueces de garantías y de sentencias. El cristinismo no implementará jamás ese sistema en la Justicia porque su propósito inicial es tumbar a los fiscales independientes o cooptarlos para su cofradía ya numerosa de fiscales propios. Es decir: elige los aspectos que le conviene de la reforma al Código Procesal y los aplica. Descarta y desprecia las partes que no le conviene. Cristinismo explícito y expuesto.

Todo esto ocurrió un par de días antes de que sucedieron la ofensiva de Cristina Kirchner, de Losardo y del propio Presidente contra los jueces que alguna vez condenaron a la expresidenta o decidieron contra sus objetivos. La lista es breve, pero incluye a los magistrados que tuvieron mayor coraje y honestidad intelectual para resolver los casos de corrupción. El periodismo quedó también en el blanco de los disparos cristinistas.

De todos modos, lo peor que está haciendo el oficialismo es desalentar a los fiscales jóvenes. ¿Para qué se esforzarían en investigar la corrupción de los poderosos? ¿Para qué correrían el riesgo de ser perseguidos por los servicios de inteligencia o por el discurso y las prácticas oficiales? ¿Para qué, si un indulto explícito o encubierto enterrará sus investigaciones y sus pruebas? ¿Para qué, si el final será siempre la nada?

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