Los lobos se acercan

La semana pasada dediqué algunos comentarios a la reciente instalación en la ciudad de Washington de un alto tribunal de Justicia, auspiciado por la Organización de Estados Americanos, conformado por los ciudadanos venezolanos designados por la Asamblea Nacional en el mes de julio de 2017. La conclusión inmanente en el escrito fue que ninguno de los factores se tomaba en serio la situación, quizás asumiendo que una figura como Almagro era capaz de activar acciones irresponsables sin alguna cavilación y de manera inconsulta. Es evidente que, en cierta forma, ese menosprecio se extiende al accionar de la comunidad internacional en la resolución de los asuntos internos de los Estados. Queridos amigos, enseriémonos porque existen precedentes.

En general, los regímenes políticos latinoamericanos se revelaron sumamente frágiles en el siglo XX. La explicación puede encontrarse en el hecho de que la utilización de los métodos violentos se manifestaba como proceso para cambiar a los gobernantes a conveniencia, sin consecuencias. Pero en la actualidad el fragor golpista se ejerce con cierto disimulo. El recato con que se presentan los nuevos mecanismos de la antidemocracia responde a que la comunidad internacional ha tomado consciencia sobre la necesidad de defender el orden constitucional particular en cada Estado y asume medidas de variada índole como embargos comerciales, limitación de la ayuda internacional, exclusión de los organismos internacionales, suspensión de visas a los altos funcionarios del régimen, aislamiento e, inclusive, intervención directa.

EL PELIGROSO PRECEDENTE LIBIO

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas intervino en la crisis de la Jamahiriya Árabe Libia, a pesar de tratarse de condiciones diferentes al golpe de Estado, ante la ejecución de acciones contra la población civil y la violación de los derechos más fundamentales del ser humano. Se ejecutó la Resolución 1970 (2011), aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6491a sesión, celebrada el 26 de febrero de 2011; y complementada por la Resolución 1973 (2011), aprobada por el Consejo de Seguridad en su 6498a sesión, celebrada el 17 de marzo de 2011. Para ello se estableció un Comité de dicho Consejo, el 26 de febrero de 2011, para supervisar las sanciones pertinentes y cumplir con las funciones establecidas por el Consejo de Seguridad en el párrafo 24 de la Resolución 1970 (2011). El mandato del Comité se amplió posteriormente por la Resolución 1973 (2011) para aplicar medidas innovadoras en el ámbito internacional.

LA ACTIVACIÓN DE LA JUSTICIA UNIVERSAL

Quiero resaltar que en el texto de la primera Resolución se decidió instruir al Fiscal de la Corte Penal Internacional para que actuara en la investigación de los hechos relacionados con la situación imperante desde el 15 de febrero de 2011. Además, aun cuando se reconoce que los Estados que no son partes en el Estatuto de Roma no tienen obligación alguna en virtud de él, se instó a todos los Estados y organizaciones regionales y demás organizaciones internacionales competentes a la cooperación con las acciones que debería articular la Corte con el Fiscal mencionados. Por otra parte, se invitó al Fiscal a informar sobre las medidas procesales adoptadas en virtud del mandato conferido.

La profusión de medidas asumidas en el caso de Libia es impresionante y refleja un cambio profundo en la comunidad internacional que parece no estar dispuesta a repetir la vergonzosa actuación en el caso de Rwanda. En el caso de Venezuela apenas se asoman algunas medidas parciales, lo que viene es peor.

CONGELACIÓN DE ACTIVOS Y CANAL HUMANITARIO

En la Resolución N° 1973 (2011), además del tema de la congelación de activos en todas partes del mundo de las autoridades libias e, inclusive, del propio Estado, se incluyeron muchas otras entre las que destacan:

 

  1. Exigencia a que las autoridades libias cumplieran las obligaciones que les imponía el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, las normas de derechos humanos y el derecho de los refugiados, y adoptaran todas las medidas necesarias para proteger a los civiles, satisfacer sus necesidades básicas y asegurar el tránsito rápido y sin trabas de la asistencia humanitaria. Bajo este mismo parámetro, el Régimen de Maduro comete una gravísima violación del derecho internacional al no abrir el canal humanitario ante la escasez de alimentos y medicinas, por señalar algún ejemplo.

 

  1. Expresa autorización a los Estados para que, actuando a título nacional o por conducto de organizaciones o acuerdos regionales y en cooperación con el Secretario General, adoptaran todas las medidas necesarias para proteger a los civiles y las zonas pobladas por civiles que estén bajo amenaza, aunque excluyendo el uso de una fuerza de ocupación extranjera de cualquier clase. El que crea que una intervención se circunscribe a una invasión militar está muy equivocado.

 

  1. Establecer una prohibición de todos los vuelos en el espacio aéreo de Libia y autorizar a los Estados a adoptar todas las medidas necesarias para hacer cumplir la prohibición de vuelos impuesta. Además, se estableció un esquema de inspección, incluidos los puertos y aeropuertos, y en alta mar, de los buques y las aeronaves con origen o destino a Libia. Esto fue más efectivo que cualquier embargo.

 

  1. Ordenó a todos los Estados que negaran la autorización a toda aeronave matriculada en Libia o de propiedad de nacionales o empresas de ese país o utilizada por ellos, para despegar de su territorio, aterrizar en él o sobrevolarlo. De esta forma se aisló completamente al país.

 

  1. Decidió que las personas señaladas como funcionarios, familiares o testaferros estaban sujetas a las restricciones de viaje impuestas en los párrafos 15 y 16 de la resolución 1970 (2011); y decidió también que las personas (funcionarios, familiares o testaferros) y entidades libias, públicas y privadas, estaban sujetas a la congelación de activos. Esto en cierta forma provocó la hecatombe final.

 

LOS GOLPES DE ESTADO PASARON DE MODA

Esta experiencia me llevó a advertir en la 5ª Edición de mi libro Instituciones Políticas y Derecho Constitucional que, ante tal viraje de las reglas del juego en la realidad global, ni siquiera una intervención unificada y directa de la fuerza armada como institución (Golpe de Estado), asumiendo el liderazgo y responsabilidad en la dirección posterior del proceso, puede tener un desenlace feliz para sus ejecutores. Sólo queda un flanco desde el cual atacar para desarrollar la forma autoritaria; y ese es utilizar los propios mecanismos democráticos para anular la forma democrática. Paradójicamente y al margen de la lógica más elemental, el principal de esos mecanismos es la utilización del sufragio como mecanismo de fraude constitucional.

Después de la toma del poder por medio de una elección, con base a esa legitimidad de origen, se han desarrollado procesos de concentración de poder, típicamente latinoamericanos, en los que se aplican dos tipos de fraude: el constitucional a través de la convocatoria de procesos de revisión de la Constitución o de reforma legislativa para intervenir los poderes públicos y sustituir a las autoridades que los dirigen; y el electoral, en el que mediante la aplicación de sistemas en que rinda al máximo el principio mayoritario, el control de los registros de identidad y de electores, la manipulación de circuitos utilizando el gerrymander, la subordinación de los organismos de supervisión de las elecciones, el financiamiento ilegal utilizando los recursos del Estado y el tráfico de influencias, sin contar el papel del narcotráfico, el resultado está cantado. Esta es la moda.

Parece que en Venezuela no nos hemos percatado de la gravedad del escenario que se está presentando con la activación de un “alto tribunal de Justicia” y una Fiscal, venezolanos, en Washington, bajo el patrocinio de la OEA y la ONU. Llegó la hora de exigir a los factores políticos que actúan en las tablas criollas que se enserien en la valoración de los riesgos que corre la soberanía nacional. Si no lo hacen, van por algo más que sus bienes y perderán algo más que el poder político. Mientras un pueblo sufre calamidades y desastres que no se corresponden con su historia, dignidad, recursos y gentilicio. No más barbarie.

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