Nueva reforma a la LOPNNA

Por Mónica Duarte
@M0n1k1ta

 

 

 

15 años han pasado desde que se promulgó la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNA). Desde entonces esta se ha convertido más en una leyenda o cuento de hadas que los niños han aprendido a usar como escudo a malas conductas y como defensa de unos derechos legítimos que se deforman en permisivos. 

 

Ante el reciente aumento de la delincuencia y de conocidos casos donde la participación de adolescentes y menores de edad ha sido vinculante para la impunidad de homicidios y secuestros, se ha decidido reformar la LOPNA. Sin embargo, se ha hecho con una aparente desorganización y con objetivos cruzados. 

 

Esta reforma se viene discutiendo desde el año 2013, aunque para agosto de 2014 se aprobó  no fue sino hasta inicios del mes de junio de este año que se hizo oficial los cambios en la ley, tras ser promulgada en el Extraordinario N° 6.185 de la Gaceta Oficial. La transformación se concentra en el título V que busca atacar la proliferación de la violencia entre los menores de edad.

 

¿Pero qué significa esta reforma? ¿Ya se les puede pegar a los niños malcriados, botarlos del colegio, caerle a golpes al grafitero de la zona o encerrar al acosador de compañeros? La respuesta es negativa a todas esas opciones. 

 

Los principales cambios que se emplearon radican en el mínimo de edad para la aplicación del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente. Entiéndase como menor edad con la cual se es responsable de delitos y se puede ir detenido a centros de atención de menores por incurrir en ellos.  Esta edad pasó de 12 a 14 años de edad. Los años de sanción que se deben cumplir también cambiaron. Los  sentenciados como culpables de catos criminales pasarán a cumplir hasta 10 años de reclusión,  dependiendo de la gravedad del delito cometido, esto a diferencia de los 5 años estándar que se obligaba a cumplir anteriormente.

 

Debemos aclarar que los expertos en materia penal y de protección en menores aseguran que la mejor medida para combatir la delincuencia a edad temprana es aplicar medidas sociales, familiares, escolares y psicológicas orientadas a la trasformación del niño desde sus valores humanos. Esto se traduce en acciones sancionatorias de carácter pedagógico para los menores de 14 años que son considerados “niños” ante la ley. Hoy, esto ejerce de forma práctica en seguimientos por expertos en psicología, asistencia a talleres de formación, práctica de actividades de responsabilidad y sensibilidad social, deportes y artes. 

 

Estos tipos de programas estaban, y siguen estando, contemplados en la LOPNA, pero a la hora de su aplicación, los Consejos de Protección Municipales (órganos encargados de emplear estas medidas a nivel nacional) se ven con insuficientes personal e instalaciones. Por si esto no fuera poco, en la nueva reforma no se especifica quién será el Órgano rector de las medidas de sanción a adolescentes y se pretende que los mismos consejos de protección, que ya se ven insuficientes para sus labores actuales,  que deben velar por la prevención y el tratamiento temprano de la violencia, sumen a sus funciones la organización de medidas de castigo a los menores de 14 años.

 

No se puede negar que existan casos de crímenes perpetuados por jóvenes entre 12 y 14 años con total conciencia de su parte. Estos menores ahora no responderán ante la ley y deberán ser tratados con medidas en libertad. Sin embargo, en la discusión en la Asamblea Nacional en agosto de 2014 se usó el argumento de que los jóvenes con edades comprendidas entre 12 y 14 tienen una incidencia casi nula en la comisión de delitos (alrededor de 0,01% según los voceros oficales).

 

Además, los adolescentes de 15 años en adelante que sean sentenciados con pena máxima deberán pagar su  sanción en centros de menores durante esos 10 años. ¿Se imaginan a un “Pedrito” de 15 años, ladrón de celulares, estando en el mismo centro de atención que un “Juansito”, ya crecido, con 26 años de edad que ingresó por asesinato? ¿Qué pasa si ese “Juansito” no se ha reformado e intenta empeorar el rumbo de “Pedrito”? Los centros de reclusión posiblemente comenzaran a enfrentar una crisis de edades muy grave que afectará la evolución y comportamiento de sus internos.

 

La preocupación mayor por parte de los defensores de derechos de los niños, niñas y adolescentes se centra en las posibles consecuencias que traerá en el sistema todos los cambios. No solo la desorganización a la hora de procesar los casos, sino que, como ya sucede, muchos centro, instituciones o consejos de protección intentarán usar la “mano dura” como forma de control. Existen diversos testimonios  que aseguran cómo en los Centros de Atención a menores se les aplica regímenes de presentación militar a los reclusos para mantenerlos en orden.

 

Los menores de edad que hoy incurren en la delincuencia son hijos de estos 15 años de revolución, son hijos de la LOPNA, son la consecuencia tangible de las medidas fallidas para proteger y encausar la infancia. Y, aun así, nuevamente una ley pretende lavarse las manos y echar por la borda los avances materia de protección infantil.

 

¿Le pagaremos a nuestras futuras generaciones atendiendo sus problemas de conducta con poco personal, instituciones en decadencia y medidas imprecisas en materia legal y pedagógica o seremos capaces de reaccionar como sociedad ante un sistema que no atiende los problemas reales de la violencia a temprana edad? 

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